Viernes, 7 de Junio, 2013
http://www.unicef.es/sites/www.unicef.es/files/Observaciones.pdfComité de los Derechos del Niño 55º período de sesiones, 13 de septiembre a 1º de octubre de 2010Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la ConvenciónObservaciones finales: España“27. El Comité acoge complacido la inclusión en la legislación del principio del interés superior del niño, así como su uso por jueces y magistrados en decisiones que afectan a los niños, pero sigue mostrando su inquietud por la falta de un proceso uniforme para determinar lo que constituye el interés superior del niño, así como por las diferencias existentes entre las comunidades autónomas respecto de la concepción y aplicación del principio”http://www.unicef.es/sites/www.unicef.es/files/Observaciones.pdf